La Asociación

Escrito por Super User Categoría: Sistema Última actualización: Miércoles, 10 Agosto 2016 19:07 Visto: 9463

La asociación

Constituida el 6 de octubre de 2010, con los siguientes fines, contenidos en el artículo 2º de sus Estatutos.

 
Artículo 2º.- Los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
 
 
1. El enriquecimiento cultural y educativo de sus asociados en todas las disciplinas.

2. La defensa de los intereses comunes de sus asociados, mediante la creación de una representación organizada que haga llegar su influencia a foros donde se traten cuestiones que afecten o puedan afectar, al colectivo.
Entre otros:

Dar cauce a los problemas de inversión que sucedan cuando un asociado pasa a situación de jubilado y percibe su fondo en forma de capital

3. La participación de los miembros de la Asociación, cuando así se decida, en cuantas actividades se organicen, tales como cursos, jornadas, seminarios, conferencias, charlas, mesas redondas, viajes, así como la prestación por los asociados del necesario asesoramiento a las personas que los soliciten.

4. Promover la difusión de sus actividades, bien por un órgano propio de comunicación, o a través de los medios de comunicación social.

5. Promover, asimismo, el intercambio de actividades con otras asociaciones culturales, colaborando en la que los órganos públicos le ofrezcan, siempre que no coarte la idiosincrasia u objetivos recogidos en los presentes Estatutos

6. Destinar los recursos excedentes de cada ejercicio económico, en el porcentaje que se señala a continuación a las siguientes finalidades:
 
A. El 80% a Obras sociales o benéficas, orientadas a los servicios de asistencia social De dicha cantidad el 80% se aplicará a Obras sociales o benéficas existentes en el ámbito de actuación de la Asociación y el 20% restante a Obras benéficas o sociales fuera de su zona geográfica de actuación.
B. El 20% a la constitución de un Fondo Interno de la Asociación cuya finalidad será dotar de reservas a la misma para futuras contingencias
 
La distribución de las cantidades resultantes se verificará por la Junta directiva de la Asociación, en base a propuestas razonadas de los asociados que deberán ser presentadas cada año, desde el primer día del mismo y hasta diez días naturales a partir de la fecha de la convocatoria de la Asamblea General.
 
 
Para el logro de sus fines, la Asociación podrá contar con la inestimable colaboración de Cajasol como institución, o la que sea su sucesora legal, así como de las instituciones privadas y públicas del Estado, la Comunidad Autónoma, la Provincia y el Municipio.
 
 

Objetivos y ventajas

Inicial y fundamental:
  • Prolongar y acrecentar la unión en esta nueva etapa de nuestra vida, promoviendo y desarrollando actividades.
  • Gestionar beneficios y defender los intereses de los asociados.